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• Quedan excluidos de la publicidad destinada al público los medicamentos:- Que sólo pueden dispensarse por prescripción facultativa.- Que contengan sustancias psicotrópicas o estupefacientes con arreglo a lo definido en los convenios internacionales.• Queda igualmente excluida la publicidad al público de los medicamentos que forman parte de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.Los psicótropos y estupefacientes sólo se pueden dispensar previa prescripción facultativa y todos los medicamentos que forman parte de la prestación del SNS se tienen que prescribir por lo que ningún medicamento que necesite receta puede tener publicidad.