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Targets


La prescripción de las faltas del trabajador presenta los siguientes plazos:- Las faltas leves prescriben a los 10 días.- Las faltas graves prescriben a los 20 días.- Las faltas muy graves prescriben a los 60 días.Estos plazos se inician a partir del momento en que la empresa tiene conocimiento de que se ha cometido la conducta sancionable y, en todo caso, transcurridos seis meses desde su comisión (art. 60.2 TRET).Como la empresa tuvo conocimiento de la falta el 7 de junio, antes de transcurridos los seis meses, ésta no ha prescrito y el empresario todavía puede sancionar.

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