a) ¿Cuál es la modalidad contractual adecuada para esta situación?La modalidad adecuada es un contrato eventual por circunstancias de la producción.b) ¿Qué duración máxima puede tener?La duración máxima de seis meses, dentro de un periodo de doce meses, contados a partir del momento en que se produzcan dichas causas. Por convenio colectivo podrá modificarse el periodo de referencia hasta 18 meses, y la duración del contrato hasta un máximo de las tres cuartas partes de dicho periodo sin que sea superior a doce meses.c) Una vez finalizada la duración máxima del contrato, ¿se le podría hacer otro contrato de la misma modalidad?No. Sólo admite una única prórroga, siempre que se haya concertado por un plazo inferior a la duración máxima.d) ¿Le correspondería alguna indemnización a la finalización del contrato?A la finalización del contrato el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización de ocho días de salario por año de servicio.