a) Los trabajadores tienen derecho a conocer el periodo de distribución de las vacaciones con, al menos, dos meses de antelación antes de comenzarlas.Las fechas de disfrute de las vacaciones se fijarán de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en los convenios colectivos.b) En caso de desacuerdo, será la jurisdicción competente la que fije la fecha, y su decisión será irrecurrible.